Incrementa tu pensión

Si eres PADRE con dos hijos o más y tienes una pensión de JUBILACIÓN, incapacidad permanente o viudedad, reconocida entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, podrías cumplir los requisitos para incrementar tu pensión entre un 5% y un 15%, además de recuperar las cantidades no cobradas de los años que tuvieras derecho desde la fecha en que accediste a tu pensión.

 

Esto es posible porque se aprobó a partir de enero/2016 un complemento por maternidad para pensiones de jubilación que afectaba y se reconocía de oficio solamente a mujeres por tener dos hijos o más.

 

Este complemento de la pensión de jubilación es discriminatorio para los HOMBRES y en ese sentido se ha pronunciado Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

 

Es por este motivo que se puede realizar una reclamación a Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para lograr este complemento de la pensión de jubilación por hijos también para HOMBRES, siendo necesario en algunos casos ejercitar acciones judiciales para su reclamación.

¿Qué incremento supone el complemento por hijos?

Este complemento viene regulado por la Ley General de la Seguridad Social y supone un aumento de la pensión por tramos, en función del número de hijos:

 

  • Dos hijos: Un 5%
  • Tres hijos: Un 10%
  • Cuatro o más: Un 15%

Ejemplo orientativo

Un padre con tres hijos que se jubiló en mayo/2017 con una pensión de jubilación de 1.500 euros/mes, tendría un incremento de su pensión de 150 euros/mes aprox., además de la posibilidad de recuperar las cantidades no cobradas de los años que tuviera derecho si se aplica la jurisprudencia mayoritaria seguida por algunos juzgados y tribunales, que ha sido fijada también por el Tribunal Supremo, respecto a la retroactividad total desde la fecha que se le reconoció la pensión, es decir, 13.200 euros aproximadamente.

Estudiamos tu caso gratis

Si estás interesado en que estudiemos tu caso y preparemos un informe de viabilidad SIN COSTE ALGUNO PARA TI, deberás ponerte en contacto con nuestro despacho y facilitarnos la siguiente documentación:

 

  • Resolución de la pensión de jubilación, viudedad o incapacidad permanente
  • Libro de familia o certificado de nacimiento/adopción de los hijos
  • DNI

 

Una vez te enviemos el informe de viabilidad y consideremos que es viable y de tu interés que iniciemos la reclamación del complemento por hijos que te pueda corresponder, te prepararemos un presupuesto de nuestros honorarios.

¿Cuánto me va a costar la reclamación al INSS del complemento por hijos?

LA RECLAMACIÓN SE EFECTUARÍA BAJO LA FÓRMULA A ÉXITO condicionando la percepción de honorarios al éxito de la intervención profesional, es decir, SI NO COBRAS NO PAGAS.

 

No cobramos nada por anticipado, solamente cobramos cuando tengas una sentencia favorable que se reconozca el complemento por hijos y/o los atrasos.

 

No renuncies a tus derechos y RECLAMA LO QUE ES TUYO, no pierdes nada.

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